Durante estos últimos días, estudiantes del Liceo N° 7 de Providencia han protagonizado movilizaciones que buscan exteriorizar problemas internos que surgieron por las acciones lesivas de sus derechos e integridad personal de parte, principalmente, de profesores y paradocentes. A instancia de su Consejo de Presidentas y Delegadas de Curso -toda vez que carecen de Centro de Estudiantes- crearon la campaña #NiMeCalloNiLoAguanto y convocaron a una marcha territorial para este miércoles 24 de mayo.
Tras recopilar a nivel de los cursos de segundo año de Enseñanza Media, distintos relatos sobre hechos que constituyen abuso, acoso y violencia en general, se requirió a la Dirección del Establecimiento, otrora cuestionada por abuso sexual, un pronunciamiento sobre la materia y la adopción de medidas que incluso implicaran la desvinculación de los profesionales acusados anónimamente.
Sin embargo, la reacción de Dirección, Equipo de Gestión y de los miembros de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ente responsable a través de su Dirección de Educación de los establecimientos del municipio, fueron insuficientes; no sólo para estudiantes sino también para profesores, llegando algunos, lamentable y repudiablemente, a amenazar a estas que de mediar acciones judiciales todas serían respondidas en dicho plano.
La descomposición de las relaciones que existe particularmente en el Liceo 7 de Providencia deja en evidencia la incapacidad de abordar problemáticas que, de ningún modo, son nuevas en las comunidades educativas tanto de Providencia como de otras comunas del Chile actual.
A priori se observa la deficiencia de los denominados “Manuales de Convivencia Escolar”, instrumentos que mantienen la forma y alcance de los antiguos “Reglamentos de Disciplina”, maquillados con un “nuevo” léxico que no se condice con las sanciones que se aplican ante ciertas conductas. Ni hablar de la ausencia del debido proceso, esto es: procedimientos que garanticen derechos básicos para los intervinientes, tales como el derecho a ser escuchado y a contar con defensa, la presunción de inocencia, la adecuada examinación y ponderación de los medios probatorios, la posibilidad de recurrir las decisiones, etc.
Ahora bien, ¿por qué hablar de Políticas de Convivencia Escolar?
Entendemos por estas el conjunto de fines, principios y valores constituidos como marco e instrumento de carácter pedagógico, con el fin de orientar la convivencia escolar a través de normas, criterios y procedimientos para abordar conflictos y definir sanciones y cursos de acción ante los mismos.
Su finalidad es, pues, contribuir al aprendizaje y ejercicio de habilidades sociales que garanticen una adecuada interacción entre TODOS los actores de la comunidad educativa; explicitar los límites y cautelar el debido ejercicio del derecho y deber a la educación.
Muchas de las conductas que se describen en los relatos estudiantiles deberían estar previstas y sancionadas en las Políticas de Convivencia Escolar, explicitándose cuáles son reñidas contra la dignidad de quienes integran la comunidad educativa y alteran, en mayor o menor medida el desarrollo del proceso educativo. Sonará repetitivo, pero es necesario recalcar que no es cualquier comunidad: las interacciones suceden en la escuela, instancia de socialización secundaria que refuerza, rectifica o enmienda lo que ya viene desde la casa.
Destacamos que la comunidad estudiantil haya conceptualizado los distintos tipos de violencia, pues deslinda qué acciones constituyen violencia y sirve de base para instar la necesaria discusión que debe darse como comunidad, involucrando a docentes, paradocentes, auxiliares y administrativos, padres y apoderados, además de estudiantes, centro y norte de liceos y escuelas. Plantea el problema de determinar qué conductas riñen con el proceso educativo de estudiantes, identificar las acciones lesivas y graduarlas según su gravedad, debiendo difundirse apropiadamente para una comprensión cabal y conocimiento general, tanto para generaciones actuales como futuras.
La discusión es necesaria, insistimos, para hacer frente a las acciones repudiadas y tomar medidas contra las mas graves que, a todas luces, no poseen el carácter de acoso sino de abuso sexual, delito sancionable por la vía penal respectiva.
Es imperativo que todos los integrantes de la comunidad sean informados e instruidos en aspectos legales y pedagógicos que implican los delitos sexuales y la violencia sexista en particular. Sobre esto último, se debe relacionar con el Proyecto Educativo Institucional, instrumento que contiene la propuesta formativa que desarrolla la institución educativa y en el cual se explicita el “perfil” del estudiante que se desea formar con los medios con que cuenta el establecimiento.
Es allí, y en armonía luego con las Políticas de Convivencia Escolar y otros cuerpos normativos como los propios Estatutos del Centro de Estudiantes, donde se debe erradicar toda declaración y acción que limite el desarrollo y crecimiento personal primeramente de estudiantes y luego del resto de integrantes de la comunidad educativa; eliminando toda posibilidad de discriminación arbitraria, tratos vejatorios y denigrantes. Además, considerando las relaciones en todo sentido: estudiante-docente, estudiante-estudiante, estudiante-paradocente, docente-paradocente, tutor-docente, etc.
Se reconoce en la comunidad la existencia de pluralidad de realidades sociales, políticas, étnicas, sexuales, religiosas o espirituales. La convivencia se sustentará en la aceptación de esta universalidad como parte de la realidad concreta, propiciando los espacios para que ella pueda expresarse dentro de marcos sociales de respeto (conciencia y responsabilidad) en el lenguaje y la acción.
De lo anterior se colige que la censura, exclusión, discriminación e incitación a la violencia en cualquiera de sus formas contra cualquier grupo, idea o personas, constituyen transgresiones graves a las Políticas de Convivencia Escolar y, por ende, afectan a la comunidad toda, en los múltiples sentidos que siguen las relaciones que se desenvuelven en ella.
Sería muy decepcionante que esta incipiente movilización, que sigue la emprendida hace años por el Liceo N° 1 de Niñas de Santiago a raíz de los cánticos denigrantes de estudiantes del Internado Nacional Barros Arana de la misma comuna; decante en una excusa para la toma del establecimiento, la persecución de quienes tienen ideas políticas diferentes, o el lavado de imagen de Ofensiva Secundaria, organización política cuestionada por casos de violencia de sexista y abuso sexual hace unas semanas.
No puede desvirtuarse la lucha por la reivindicación de derechos y el restablecimiento de la dignidad de estudiantes, por lo que esperamos estas líneas sirvan de ayuda a la discusión y visibilización de conflictos que, de mantenerse, solo descompondrán aún más las relaciones existentes.
Estudiantes del Liceo 7 y otros de la comuna, como también en otros territorios, deben comprender que ciertos problemas se resuelvan mas allá de lo contingente, requieren de una visión a largo plazo para contribuir a las generaciones actuales y las que vengan; es, en definitiva, asumir una tarea amplia, de largo aliento, pero concreta:
- Revisión y reelaboración del Proyecto Educativo Institucional
Discusión sobre roles de integrantes de la comunidad educativa, fines y objetivos de la misma y el perfil de aquel que egresa, explicitando la superación de estereotipos denigrantes.
- Revisión del "Manual de Convivencia Escolar" para su reemplazo por Políticas de Convivencia Escolar
Incorporación de principios, valores y definiciones claras; enunciado de derechos y obligaciones de todos los miembros de la comunidad educativa; giras de estudio y actividades extracurriculares; reglas relativas al embarazo; reglas sobre procedimientos, generales y especiales, además de resolución de conflictos por vías alternativas a estos; instancia de apelación de medidas; definición de acciones (reclamación, publicidad, revocatoria); comunicaciones y medios de difusión; catálogo de faltas y política de sanciones, las que deberán ajustarse a principios de proporcionalidad (relación racional entre la fuerza de la sanción, el acto que le dio lugar y las circunstancias del mismo), principio de reincidencia (faltas reiteradas conducirán a sanciones mayores que las originales para los mismos actos), gradualidad, reparación o compensación (la sanción incluirá la posibilidad de reparación y/o compensación; y buscará llevar al estado de las cosas previamente existentes a la falta cometida), y principio de aprendizaje: toda sanción tendrá un sentido formativo y contemplará una acción reflexiva destinada a facilitar la cabal comprensión de la falta cometida, de las acciones alternativas a su comisión, de las posibilidades de reparación y de la conducta deseada en aras del bien común.
- Reelaboración de Estatutos de Centro de Estudiantes
En el marco del trabajo de revisión y reelaboración de cuerpos normativos-pedagógicos antes mencionados, los estatutos de los centros de estudiantes se deberán reelaborar, poniendo énfasis en las interacciones de estudiantes entre sí y con el resto de la comunidad.